El PSOE ha solicitado por escrito a la CARM que, para los afectados por la devolución de las ayudas por los seísmos, se apliquen las sentencias del Tribunal Supremo que establecen que la Administración no puede dictar una resolución de fondo válida en un procedimiento de reintegro de subvenciones que haya caducado. Una muy buena noticia, ya que una gran cantidad de expedientes están caducados y no se podrá continuar con la tramitación y acordar el reintegro de la ayuda a los damnificados.
El concejal del PSOE en el Ayuntamiento de
Lorca, Antonio Navarro ha querido hacerse eco de las Sentencias del Tribunal
Supremo 436/2018 y 438/2018, de 19 de marzo de 2018, que han establecido una
nueva interpretación de la Ley de Subvenciones, en cuanto a los efectos de la
caducidad de los expedientes de reintegro y que, de querer aplicarlas,
beneficiarían a los afectados por la problemática de la devolución de las
ayudas por los terremotos.
Según Navarro, estas dictan la anulación de las
resoluciones administrativas adoptadas en dos procedimientos de reintegro de
subvenciones, por haber transcurrido el plazo de caducidad de 12 meses,
previsto en el artículo 42.4 de la Ley 33/2003 General de Subvenciones.
Se modifica así la doctrina dada en Sentencia
del Tribunal Supremo, de 30 de julio de 2013, que interpretaba en sentido
contrario el precepto nombrado anteriormente.
En ambas resoluciones han establecido que la
Administración no puede dictar una resolución de fondo válida en un
procedimiento de reintegro de subvenciones que haya caducado,y de esta forma,
la Sección Tercera de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Supremo "considera que para adoptar una resolución de este tipo
está obligada a iniciar un nuevo procedimiento, siempre que no haya
transcurrido el plazo de prescripción dado".
Se trata por tanto de una "muy buena
noticia" para los afectados por los procedimientos de reintegro de las
ayudas de la CARM para la reparación de las viviendas, ya que una gran cantidad
de expedientes "están caducados y no se podrá continuar con la tramitación
y acordar el reintegro de la ayuda a los damnificados".
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